Se informa que de acuerdo con lo establecido en el art. 159.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, desde el pasado 9 de septiembre, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE), es obligatoria para los licitadores que quieran concurrir a cualquier procedimiento abierto simplificado que tramite esta administración.
Sep 14