Publicadas, en el DOE de fecha 19 de enero de 2016, modificaciones del Decreto 224/2014, de 6 de octubre, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria de estas ayudas.
Finalidad
Establecer una línea de ayudas en forma de subvención directa para aquellas empresas que realicen inversiones en Extremadura con la finalidad de apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes favoreciendo los proyectos de ampliación, modernización y traslados de éstas.
Destinatarios
Las empresas, y en especial, las Pymes, siempre que tengan ánimo de lucro y que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables.
Para ser beneficiarias las empresas a las que se refiere el apartado anterior deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas, Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación.
También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes y sociedades civiles que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. En este supuesto deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero o socio, así como el importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la comunidad de bienes o sociedad civil.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellas empresas que se encuentren en constitución aún en el momento en el que se les conceda la ayuda. En estos casos, la empresa deberá estar formalmente constituida cuando vaya a presentar la solicitud de liquidación y deberá cumplir con las condiciones establecidas así como las de la resolución individual de concesión de la subvención.
Plazo de presentación
Hasta el 31 de diciembre de 2017.
Para más información:
Agente de Empleo y Desarrollo Local
Martes y Viernes de 9:00 a 14:00 h.