DIFUSIÓN DE OFERTA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE ALUMNOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA APRENDIZEXT MAYORES DE 45 AÑOS EN SOLANA DE LOS BARROS.
ESPECIALIDAD: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO
El objetivo de este programa es formar a 10 alumnos en esta especialidad combinando la formación y el trabajo a través de los contratos de aprendizaje, siendo el periodo formativo el 40% de la jornada y el de trabajo efectivo el 60%.
NÚMERO DE PLAZAS A SELECCIONAR: 10
DURACIÓN: Un año
CONTRATO: Aprendizaje con el 60% de la jornada de trabajo y el resto formativa.
SALARIO: 75% del S.M.I. (470 euros aprox. por 14 pagas)
LOS INTERESADOS DEBERÁN CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD QUE ENCONTRARÁN EN EL AYUNTAMIENTO DE SOLANA DE LOS BARROS O EL CENTRO DE EMPLEO DE ALMENDRALEJO,Y PRESENTARLA EN LOS SIGUIENTES PLAZOS.
PLAZO DE SOLICITUD: Del 15 de JUNIO hasta las 14 horas del 19 de JUNIO de 2015.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: ADMINISTRACIÓN del Ayuntamiento de SOLANA DE LOS BARROS y el Centro de Empleo de Almendralejo.
REQUISITOS:
- Ser demandante de empleo DESEMPLEADO a la fecha de solicitud (19/06/2015) y a la incorporación al programa ( 1 / 09 / 2015 ).
- Tener 45 años o más de 45 años a la fecha de incorporación al proyecto ( 1 / 09 / 2015 )
- No padecer enfermedad física o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto.
- No haber sido contratado en la modalidad de contrato de formación o aprendizaje en la ocupación de atención sociosanitaria en el domicilio más de un año.
- Carecer de titulación, competencias o cualificación profesional en la misma materia específica, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo de la acción.
Nivel mínimo formativo exigido. Cualquiera de los siguientes:
- Título de Graduado en ESO O EQUIVALENTES SEGÚN ANEXO I DE ESTA CONVOCATORIA ADJUNTO COMO EL GRADUADO ESCOLAR.
- Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel II.
- Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel I de la misma familia y área profesional del que se vaya a realizar.
- Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
- Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio.
- Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
- Tener las “competencias claves necesarias” según el Real Decreto 34/2008.
PRESELECCIÓN:
El SEXPE realizará una preselección entre 3 y 5 candidatos máximo por puesto de alumno / trabajador ofertado atendiendo a las siguientes prioridades de los solicitantes:
- Las solicitudes se ordenaran por los siguientes grupos:
- Demandantes que no han participado anteriormente en Programas de Formación y Empleo ( Escuelas Taller, Casas de Oficio o Formación Profesional Dual) y ordenados de la siguiente forma:
En función del menor nivel de formación, una vez cumplidos los requisitos mínimos exigidos en la normativa para el acceso al perfil establecido en el proyecto aprobado, o equivalente a efectos laborales. Dentro de cada bloque de nivel formativo se ordenarán por mayor tiempo de inscripción ininterrumpida.
- Demandantes que han participado anteriormente en programas de Formación y Empleo, siguiendo la misma prelación establecida en el punto anterior.
SELECCIÓN DEFINITIVA:
Los alumnos trabajadores serán seleccionados por el Ayuntamiento de SOLANA DE LOS BARROS entre la lista los preseleccionados por el SEXPE realizando las pruebas de adecuación y los prioridades que se acuerden.
En Almendralejo a 12 de junio de 2015
EL DIRECTOR DEL CENTRO DE EMPLEO DE ALMENDRALEJO.
ANEXO I
EQUIVALENCIAS AL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, a modo informativo:
Equivalencias a efectos académicos:
- Título de Técnico Auxiliar de la Ley 14/1970 (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Disposición adicional trigesimoprimera.3)
- 2º de Bachillerato Unificado y Polivalente (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo I)
- 2º curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo II)
- Módulo profesional de nivel 2 (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo II)
- 3º comunes plan 63 ó 2º comunes experimental de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo VI)
- 2º de B.U.P. con un máximo de dos materias pendientes de los dos primeros cursos (Orden EDU/1603/2009. Art.2.1)
Equivalencia a efectos laborales :
- Título de Graduado Escolar (DA31ª.1. de la LOE)
- 6 cursos completos de Humanidades y al menos 1 de Filosofía, ó 5 de Humanidades y al menos 2 de Filosofía de la carrera eclesiástica (Art.2.2 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)
- La superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años (Art.3.5 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)
- La superación de la prueba de acceso a:
- las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio o superior
- la formación profesional de grado medio o superior
- las enseñanzas deportivas de grado medio o superior
- las enseñanzas artísticas superiores para mayores de 19 años
y acreditar alguno de los siguientes requisitos:
- haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria
- haber cursado el ciclo formativo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo formativo
- haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesiones cuya duración constituya al menos la tercera parte de a duración total del ciclo formativo
- haber superado al menos 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 según la redacción de la Orden EDU/520/2011)
- acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse a tercero de la ESO
- haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas
(Art.3.1 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)
- Cualquier Título de Bachiller Elemental o la superación de:
- a) Cuatro cursos completos de Bachillerato por cualquiera de los planes de estudios anteriores a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, sin pruebas de conjunto o reválida
- b) Cinco años de Bachillerato Técnico o Laboral, sin pruebas de conjunto o sin reválida
- c) Cuatro cursos completos de Humanidades de la carrera eclesiástica
(Art.3.2 de la Orden EDU/1603/2009)
- Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/07/1945 y de la Ley 21/12/1965 (Art.3.3 de la Orden EDU/1603/2009)
- Acreditación de haber reunido los requisitos para la obtención del Certificado de Estudios Primarios* (Art.3.4 de la Orden EDU/1603/2009)
Debe ser emitida una Resolución individualizada por parte de la Administración educativa ante la que se acredite la documentación.
Para ver los siguientes documentos pinche en el enlace:
- DIFUSION SELECCIÓN DE ALUMNOS APRENDIZEXT 2015
- BASES SELECCIÓN DE ALUMNOS APRENDIZEXT 2015
- La solicitud estará disponible el próximo 15 de junio.