Oferta de empleo @prendizext 2015, para personas con 45 o más años

DIFUSIÓN DE OFERTA DE EMPLEO PARA LA CONTRATACIÓN DE ALUMNOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA APRENDIZEXT MAYORES DE 45 AÑOS EN SOLANA DE LOS BARROS.

 

ESPECIALIDAD: ATENCIÓN SOCIOSANITARIA A PERSONAS EN EL DOMICILIO

El objetivo de este programa es formar a 10 alumnos en esta especialidad combinando la formación y el trabajo a través de los contratos de aprendizaje, siendo el periodo formativo el 40% de la jornada y el de trabajo efectivo el 60%.

NÚMERO DE PLAZAS A SELECCIONAR: 10

DURACIÓN: Un año

CONTRATO: Aprendizaje con el 60% de la jornada de trabajo y el resto formativa.

SALARIO: 75%  del S.M.I. (470 euros aprox. por  14 pagas)

LOS INTERESADOS DEBERÁN  CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD QUE ENCONTRARÁN EN EL AYUNTAMIENTO DE SOLANA DE LOS BARROS O EL CENTRO DE EMPLEO DE ALMENDRALEJO,Y PRESENTARLA  EN LOS SIGUIENTES PLAZOS.

PLAZO DE SOLICITUD: Del  15 de JUNIO hasta las 14 horas del 19 de JUNIO de 2015.

LUGAR DE PRESENTACIÓN: ADMINISTRACIÓN del Ayuntamiento de SOLANA DE LOS BARROS y el Centro de Empleo de Almendralejo.

REQUISITOS:

 

  • Ser demandante de empleo DESEMPLEADO a la fecha de solicitud (19/06/2015) y a la incorporación al programa ( 1 / 09 / 2015 ).
  • Tener 45 años o más de 45 años a la fecha de incorporación al proyecto ( 1 / 09 / 2015 )
  • No padecer enfermedad física o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto.
  • No haber sido contratado en la modalidad de contrato de formación o aprendizaje en la ocupación de atención sociosanitaria en el domicilio más de un año.
  • Carecer de titulación, competencias o cualificación profesional en la misma materia específica, igual o superior a la que se adquirirá en el desarrollo de la acción.

 

Nivel mínimo formativo exigido. Cualquiera de los siguientes:

  • Título de Graduado en ESO O EQUIVALENTES SEGÚN ANEXO I DE ESTA CONVOCATORIA ADJUNTO COMO EL GRADUADO ESCOLAR.
  • Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel II.
  • Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel I de la misma familia y área profesional del que se vaya a realizar.
  • Estar en posesión de un título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
  • Tener superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP).
  • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio.
  • Tener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
  • Tener las “competencias claves necesarias” según el Real Decreto 34/2008.

 

PRESELECCIÓN:

 

 

El SEXPE  realizará una preselección entre  3 y 5  candidatos máximo por puesto de alumno / trabajador ofertado atendiendo a las siguientes prioridades de los solicitantes:

 

  1. Las solicitudes se ordenaran por los siguientes grupos:
  1. Demandantes que no han participado anteriormente en Programas de Formación y Empleo ( Escuelas Taller, Casas de Oficio o Formación Profesional Dual) y ordenados de la siguiente forma:

En función del menor nivel de formación, una vez cumplidos los requisitos mínimos exigidos en la normativa para el acceso al perfil establecido en el proyecto aprobado, o equivalente a efectos laborales. Dentro de cada bloque de nivel formativo se ordenarán por mayor tiempo de inscripción ininterrumpida.

  1. Demandantes que han participado anteriormente en programas de Formación y Empleo, siguiendo la misma prelación establecida en el punto anterior.

SELECCIÓN DEFINITIVA:

Los alumnos trabajadores serán seleccionados por el Ayuntamiento de SOLANA DE LOS BARROS entre la lista los preseleccionados por el SEXPE realizando  las pruebas de adecuación y los prioridades que  se acuerden.

En Almendralejo a 12 de junio de 2015

 

EL DIRECTOR DEL CENTRO DE EMPLEO DE ALMENDRALEJO.

ANEXO I

EQUIVALENCIAS AL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, a modo informativo:

 

Equivalencias a efectos académicos:

  • Título de Técnico Auxiliar de la Ley 14/1970 (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Disposición adicional trigesimoprimera.3)
  • 2º de Bachillerato Unificado y Polivalente (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo I)
  • 2º curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo II)
  • Módulo profesional de nivel 2 (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo II)
  • 3º comunes plan 63 ó 2º comunes experimental de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (RD 986/1991, de 14 de junio. Anexo VI)
  • 2º de B.U.P. con un máximo de dos materias pendientes de los dos primeros cursos (Orden EDU/1603/2009. Art.2.1)

 

Equivalencia a efectos laborales :

  • Título de Graduado Escolar (DA31ª.1. de la LOE)
  • 6 cursos completos de Humanidades y al menos 1 de Filosofía, ó 5 de Humanidades y al menos 2 de Filosofía de la carrera eclesiástica (Art.2.2 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)
  • La superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años (Art.3.5 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)
  • La superación de la prueba de acceso a:
    • las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado medio o superior
    • la formación profesional de grado medio o superior
    • las enseñanzas deportivas de grado medio o superior
    • las enseñanzas artísticas superiores para mayores de 19 años

y acreditar alguno de los siguientes requisitos:

  • haber superado todas las materias de los dos primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria
  • haber cursado el ciclo formativo de grado medio y haber superado un número de módulos profesionales cuya duración constituya al menos la mitad de la duración total del ciclo formativo
  • haber cursado el ciclo de grado superior y haber superado un número de módulos profesiones cuya duración constituya al menos la tercera parte de a duración total del ciclo formativo
  • haber superado al menos 10 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores (tener en cuenta DA5ª de la Orden EDU/1603/2009 según la redacción de la Orden EDU/520/2011)
  • acreditar estudios extranjeros que impliquen una escolaridad equivalente a la requerida en el sistema educativo español para incorporarse a tercero de la ESO
  • haber superado todos los ámbitos del nivel I de la Educación secundaria para personas adultas

(Art.3.1 de la Orden EDU/1603/2009 redacción de la Orden EDU/520/2011)

 

  • Cualquier Título de Bachiller Elemental o la superación de:
    • a) Cuatro cursos completos de Bachillerato por cualquiera de los planes de estudios anteriores a la Ley 14/1970, de 4 de agosto, sin pruebas de conjunto o reválida
    • b) Cinco años de Bachillerato Técnico o Laboral, sin pruebas de conjunto o sin reválida
    • c) Cuatro cursos completos de Humanidades de la carrera eclesiástica

(Art.3.2 de la Orden EDU/1603/2009)

  • Certificado de Estudios Primarios derivado de la Ley 17/07/1945 y de la Ley 21/12/1965 (Art.3.3 de la Orden EDU/1603/2009)
  • Acreditación de haber reunido los requisitos para la obtención del Certificado de Estudios Primarios* (Art.3.4 de la Orden EDU/1603/2009)

Debe ser emitida una Resolución individualizada por parte de la Administración educativa ante la que se acredite la documentación.

 

 

Para ver los siguientes documentos pinche en el enlace: